Cuando el Asegurado cese en su empleo, puede optar por continuar con su Seguro Vida Ley Cesantes,asumiendo bajo su cuenta el costo del pago de la prima,para lo cual deberá comunicarlo por escrito a Rimac Seguros dentro de un plazo máximo de treinta (30) días calendarios desde la fecha de cese. En este caso,Rimac Seguros le extenderá una Póliza Individual, con vigencia anual renovablela cual será emitida bajo las nuevas condiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 688 y la Ley N° 29549.
Se deja expresa constancia que las coberturas correspondientes a la Póliza Grupal quedan sin efecto desde el momento del cese del trabajador.